1.    REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO

 

IDAE-Registro de las actividades de tratamiento (RAT)

Gestión de Expedientes de programas, ayudas y planes de Ahorro y Eficiencia Energética.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección de Ahorro y Eficiencia Energética.

FINES DEL TRATAMIENTO

Tramitación del expediente del programa, ayuda o plan según lo establecido en las correspondientes las Resoluciones y Orden ministeriales TED declaradas.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Orden TEC/752/2019, de 8 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de ayudas a proyectos singulares en materia de movilidad sostenible (Programa MOVES Proyectos Singulares).
Orden TED/800/2021, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (Programa MOVES Proyectos Singulares II).
Resolución de 28 de septiembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la de 24 de septiembre de 2012, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria de ayudas del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente. PIVE
Resolución de 31 de enero de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la de 30 de enero de 2013, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria de ayudas del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-2). PIVE 2
Real Decreto 575/2013, de 26 de julio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del «Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-3)». PIVE 3
Real Decreto 830/2013, de 25 de octubre, por el que regula la concesión directa de subvenciones del «Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-4)» PIVE 4
Real Decreto 35/2014, de 24 de enero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del «Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-5)». PIVE 5
Real Decreto 525/2014, de 20 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del «Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-6)». PIVE 6
Real Decreto 124/2015, de 27 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del «Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-7)». PIVE 7
Real Decreto 380/2015, de 14 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones del «Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (Pive-8)».
Real Decreto 414/2014, de 6 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2014, en el marco de la Estrategia integral para el impulso del vehículo eléctrico en España 2010-2014 (Programa MOVELE 2014). MOVELE_2014
Real Decreto 287/2015, de 17 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos eléctricos en 2015 (Programa MOVELE 2015). MOVELE_2015
Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, Proyectos Singulares Alumbrado Municipal.
"Resolución de 21 de diciembre de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 7 de noviembre de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de ayudas a la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos (Plan Movalt Infraestructuras).
Resolución de 30 de noviembre de 2015, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 27 de octubre de 2015, del Consejo de Administración, por la que se aprueban las bases y la convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en el sector ferroviario.
Resolución de 28 de abril de 2015, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 24 de marzo de 2015, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de cambio modal y uso más eficiente de los modos de transporte (FNEE). TRANSPORTE I
Resolución de 5 de abril de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de cambio modal y uso más eficiente de los modos de transporte. TRANSPORTE II


Resolución de 25 de septiembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la de 25 de junio de 2013, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero). PAREER CRECE.
Resolución de 14 de diciembre de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios existentes. PAREER II.
Resolución de 25 de julio de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la de 25 de abril de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de convocatoria de expresiones de interés para la selección y realización de proyectos de renovación energética de edificios e infraestructuras existentes de la Administración General del Estado a cofinanciar con fondos FEDER.- AGE.

Resolución de 28 de abril de 2015, del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 24 de marzo de 2015, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal. ALUMBRADO_ECT_MUNI_I.
Resolución de 5 de abril de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal. ALUMBRADO_ECT_MUNI_II.
Resolución de 28 de abril de 2015, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 24 de marzo de 2015, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y en gran empresa del sector industrial. INDUSTRIA I.
Resolución de 17 de abril de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial. INDUSTRIA II.

Resolución de 18 de diciembre de 2015, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 25 de noviembre de 2015, del Consejo de Administración, por la que se aprueban las bases y la convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en desaladoras. DESALADORAS.

Convenio de colaboración IDAE – BEI (Banco europeo de inversión) por el que se constituye el Fondo JESSICA – F.I.D.A.E. (Fondo de Inversión en Diversificación y Ahorro de Energía). Desde Finales del 2010. JESSICA-FIDAE.

Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (PRTR)
Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (Programa MOVES FLOTAS), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. MOVES FLOTAS

Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, Proyectos Singulares Alumbrado Municipal.
Orden TED/674/2023, de 12 de junio, por la que se corrigen errores en la Orden TED/388/2023, de 29 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para proyectos singulares de renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal, proyectos singulares alumbrado municipal.

Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (Programa MOVES FLOTAS), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden TED/800/2021, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (Programa MOVES Proyectos Singulares II).



COLECTIVO

La administración General del Estado,
Las administraciones de las comunidades autónomas,
Las entidades que integran la administración local y el sector público institucional,
Las diputaciones, ya sean provinciales o forales,
Los cabildos insulares (Canarias) o Consells insulars (Baleares),
Las comarcas u otras entidades que agrupen varios municipios,
Los ayuntamientos, con el municipio como base territorial, Áreas Metropolitanas y Mancomunidades de municipios,
Los consorcios o agrupaciones público-privadas,
Las entidades de naturaleza pública o privada,
Universidades y centros privados de investigación y desarrollo
Todo tipo de empresa (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa),
Los consorcios y agrupaciones empresariales,
Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad que podrán ser menores de esa edad,
Los profesionales autónomos,
Las personas físicas mayores de edad,
Las empresas privadas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y de naturaleza jurídica tal que su Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W,
Las empresas ferroviarias titulares de los activos,
Las entidades administradoras de infraestructuras ferroviarias,
Las empresas de servicios energéticos,
Las asociaciones o agrupaciones empresariales del sector de la enseñanza de la conducción,
Las asociaciones o agrupaciones empresariales del sector del transporte,
Las asociaciones o empresas del sector de la automoción,
Las personas físicas y jurídicas propietarias de edificios de uso residencial (de uso hotelero y de uso vivienda),
Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda,
Los propietarios de viviendas unifamiliares o los propietarios únicos de edificios de viviendas,
El Personal de la Administración General del Estado Español,
Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios,
Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios,
Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos,
Las entidades locales,
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa).
El sector público institucional, a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

 Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a las características personales/Datos de carácter personal-Datos personales ordinario.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinario.
Datos especialmente protegidos/Categorías especiales de datos (salud).
Datos económicos, financieros y de seguros/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

PGE (Presupuestos Generales del Estado).

PRTR (PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA).
     - Ministerio de Hacienda y Función pública
          - La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
          - La Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de Patrimonio del Estado (IGAE).
          - La Secretaría General de Fondos Europeos.
          - El Tribunal de Cuentas.
          - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
          - Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.

FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional).

Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

FNEE (FONDO NACIONAL DE EFICIENCIA ENERGÉTICA).

Servicios de Gestión, supervisión y Control del IDAE.

Entidades bancarias declaradas por los Solicitantes.

Ministerio de Hacienda y función pública-IGAE (Intervención General de la Administración del Estado).




TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Servicios de formación y divulgación (Portal de e-Learning) sobre Ahorro y Eficiencia Energética.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección de Ahorro y Eficiencia Energética.

FINES DEL TRATAMIENTO

Poner al alcance de los alumnos, materiales y procedimientos que, basados en las Tecnologías del Aprendizaje y el Conocimiento, contribuyan a impulsar la concienciación, colaboración activa y adquisición de buenos hábitos por parte de todos para fomentar el ahorro de energía.
Dar soporte sobre los contenidos y usos de la plataforma de E-learning.
Recabar información sobre gustos e intereses de los usuarios registrados y seguimiento a través de los perfiles abiertos en las redes sociales.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos SIGEE-AGE
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

COLECTIVO

Las personas físicas usuarios de la AA.PP.,
Las personas físicas usuarios Particulares.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a las características personales/Datos de carácter personal-Datos personales ordinario.
Datos relativos a las circunstancias sociales/Datos personales ordinarios.
Datos académicos y profesionales/Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/a

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Control y Seguimiento de expedientes de programas, ayudas y planes por parte de Ahorro y Eficiencia Energética que son gestionados directamente desde las CC.AA.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección de Ahorro y Eficiencia Energética.

FINES DEL TRATAMIENTO

Realizar un adecuado seguimiento y coordinación de los programas, ayudas y planes ejecutados desde las CC.AA.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 72/2019, de 15 de febrero, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES).
Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla.
Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes y se regula la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. PREE
Real Decreto 691/2021, de 3 de agosto, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas. PREE5000
Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo, por el que se regula el programa de ayudas para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas. AGROPECUARIAS.
Real Decreto 440/2021, de 22 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
Real Decreto 1186/2020, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.
Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial. INDUSTRIA CC.AA.
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

COLECTIVO

Los profesionales autónomos, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores,
Las personas físicas mayores de edad residentes en España,
Las comunidades de propietarios,
Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W,
El sector público que comprende, según el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, la Administración General del Estado, las administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la administración local y el sector público institucional, integrado por cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones públicas, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones públicas y las universidades públicas,
El sector público que comprende, según el artículo 2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, la Administración General del Estado, las administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la administración local y el sector público institucional, integrado por cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones públicas, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones públicas y las universidades públicas,
Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso,
Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda,
Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios,
Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios,
Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos,
Las entidades locales,
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía,
Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades locales equivalentes,
Las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, las administraciones de las comunidades autónomas o de las ciudades de Ceuta y Melilla, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las referidas administraciones públicas,
Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública titulares de una explotación agropecuaria,
Las comunidades de Regantes y otras organizaciones cuyo fin consista en la gestión común de agua para el riego agrícola o la gestión común de otros combustibles y fuentes de energía para fin agropecuario,
Los titulares de explotaciones agrícolas de regadío que utilicen redes de riego para cuyo funcionamiento sea necesario actualmente el consumo de energía eléctrica,
Cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida por la autoridad competente,
Las empresas que tengan la consideración de pyme o de gran empresa del sector industrial,
Las empresas de servicios energéticos ( Las personas jurídicas y agrupación de entidades).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a las características personales/Datos de carácter personal-Datos personales ordinario.
Datos económicos, financieros y de seguros/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS


PGE (Presupuestos Generales del Estado).
PRTR (PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA).
     - Ministerio de Hacienda y Función pública
          - La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
          - La Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de Patrimonio del Estado (IGAE).
          - La Secretaría General de Fondos Europeos.
          - El Tribunal de Cuentas.
          - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
          - Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
FNEE (FONDO NACIONAL DE EFICIENCIA ENERGÉTICA).
Servicios de Gestión, supervisión y Control del IDAE.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Control y seguimiento de las actividades de participación en Fundaciones.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección Económico Administrativa  y de Recursos Humanos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Sociedades Participadas.

FINES DEL TRATAMIENTO

Control y seguimiento de las actividades de participación en Fundaciones de interés para el IDAE.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 50/2002, de 27 de diciembre de Fundaciones.

COLECTIVO

Personas físicas, jurídicas.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de Contactos: Beneficiarios y contactos declarados
Datos identificativos y de contacto.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios.
Datos económicos, financieros y de seguros.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/a

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica

SIGEE-AGE. Inventario de Gestión energética de edificios de la AGE (Administración General del Estado).

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección de Ahorro y Eficiencia Energética.

FINES DEL TRATAMIENTO

Control de Acceso para consulta y gestión del inventario energético de la AGE del personal autorizado de la AA.PP.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos SIGEE-AGE
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

DIRECTIVA 2012/27/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 25 de octubre de 2012 relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE SIGEE-AGE.

COLECTIVO

Personal de las AA.PP. Pertenecientes a la AGE (Administración General del Estado).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo /Detalles de empleo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Comisión Europea

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de Expedientes de programas, ayudas y planes de Energías Renovables y Mercado Eléctrico.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección de Energías Renovables y Mercado Eléctrico.

FINES DEL TRATAMIENTO

Tramitación del expediente del programa, ayuda o plan según lo establecido en las correspondientes las Resoluciones y Orden ministeriales TED declaradas.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Resolución de 13 de mayo de 2010, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes a la habilitación de empresas colaboradoras en el Programa SOLCASA con empresas del sector de la energía solar térmica en edificios. SOLCASA (2010).
Resolución de 13 de mayo de 2010, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes a la habilitación de empresas colaboradoras en el Programa GEOCASA con empresas del sector de la energía geotérmica en edificios. GEOCASA (2010).
Resolución de 13 de marzo de 2009, de la Presidencia del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes a la habilitación de empresas colaboradoras en el Programa de Acuerdos Voluntarios con empresas del sector de la biomasa térmica en edificios. BIOMCASA (2009).
Resolución de 6 de abril de 2020, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 18 de marzo de 2020, del Consejo de Administración, que deja sin efectos la de 13 de mayo de 2010, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes a la habilitación de empresas colaboradoras en el Programa SOLCASA con empresas del sector de la energía solar térmica en edificios. SOLCASA (2020).
Resolución de 6 de abril de 2020, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 18 de marzo de 2020, del Consejo de Administración, que deja sin efectos la de 13 de mayo de 2010, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes a la habilitación de empresas colaboradoras en el Programa GEOCASA con empresas del sector de la energía geotérmica. GEOTCASA.
Resolución de 12 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la Resolución de 13 de noviembre de 2012, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establece la convocatoria y bases reguladoras para la habilitación de empresas colaboradoras en el programa para la ejecución de proyectos de biomasa térmica en edificios (BIOMCASA II).
Orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER.  EOLCAN, EOLCAN2, SOLBAL, SOLBAL2, SOLCAN.
Orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER.  EOLCAN, EOLCAN2, SOLBAL, SOLBAL2, SOLCAN.
Resolución de 24 de junio de 2020 del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se realiza la primera convocatoria de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología solar fotovoltaica situadas en Canarias cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER. SOLCAN.
Orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER.  EOLCAN, EOLCAN2, SOLBAL, SOLBAL2, SOLCAN.
Orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER. EOLCAN2.
Orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER.  EOLCAN, EOLCAN2, SOLBAL, SOLBAL2, SOLCAN.
Resolución de 17 de diciembre de 2020 del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se realiza la segunda convocatoria de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica de tecnología solar fotovoltaica situadas en Baleares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER. SOLBAL2.
Orden TEC/1380/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER.  EOLCAN, EOLCAN2, SOLBAL, SOLBAL2, SOLCAN.
Resolución de 6 de abril de 2020, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, E.P.E., M.P., por la que se publica la Resolución de 18 de marzo de 2020, del Consejo de Administración, que deja sin efecto la de 29 de marzo de 2011, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes para la habilitación de empresas colaboradoras en programa GIT con empresas del sector de las energías renovables para ejecución de grandes instalaciones térmicas en la edificación, publicada por Resolución de 7 de abril de 2011, de la Secretaría de Estado de Energía.
Resolución de 7 de abril de 2011, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la Resolución del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establece la convocatoria y bases correspondientes para la habilitación de empresas colaboradoras en el Programa GIT con empresas del sector de las energías renovables para la ejecución de Grandes Instalaciones Térmicas en la edificación. GIT (Bases).
Orden TED/766/2020, de 3 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable, susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea. (Líneas de ayuda a la inversión en renovables CC.AA. (fondos FEDER)-Generación energía Eléctrica).
Orden TED/765/2020, de 3 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes de energía renovable, susceptibles de ser cofinanciadas con fondos de la Unión Europea. (Líneas de ayuda a la inversión en renovables CC.AA. (fondos FEDER)-Generación energía Térmica).
Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de
ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así
como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. PRTR.
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE Implementa), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.  PROGRAMA CE IMPLEMENTA.

Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que se amplía la tipología de beneficiarios del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre (...).
Orden TED/1177/2022, de 29 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado con instalaciones de generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/706/2022, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y programas de incentivos para la concesión de ayudas a proyectos singulares de instalaciones de biogás, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/1444/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas correspondientes al programa de incentivos a la cadena de valor innovadora y de conocimiento del hidrógeno renovable en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/1445/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas correspondientes al programa de incentivos a proyectos pioneros y singulares de hidrógeno renovable en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Real Decreto 4/2023, de 10 de enero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a los proyectos españoles por su participación en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de tecnología de hidrógeno dentro del Componente 9 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/1021/2022, de 25 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a Oficinas de Transformación Comunitaria para la promoción y dinamización de comunidades energéticas (Programa CE Oficinas), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/707/2022, de 21 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias de los programas de incentivos a proyectos de redes de calor y frío que utilicen fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/1071/2022, de 8 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para los programas de concesión de ayudas a la inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (Programas Repotenciación Circular).
Orden TED/1359/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos de nuevos modelos
de negocio en la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/448/2023, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas para instalaciones de generación de energía eléctrica en las islas, a partir de fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (BALEARES Y CANARIAS).
Resolución de 18 de mayo de 2023, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la segunda convocatoria del programa de incentivos a proyectos pioneros y singulares de hidrógeno renovable (Programa H2 PIONEROS) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU-.









COLECTIVO

Personas Físicas y Jurídicas,
Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado,
Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado,
Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal,
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según definición de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018,
Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
Comunidad energética: persona jurídica basada en la participación abierta y voluntaria, efectivamente controlada por socios o miembros que sean personas físicas, pymes o entidades locales, que desarrolle proyectos de energías renovables, eficiencia energética y/o movilidad sostenible.
Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica.
Gran empresa.
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica.
Las empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa), incluidas asociaciones empresariales.
Consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia.
El sector público institucional de cualquier Administración pública, así como las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.
Centros tecnológicos de ámbito estatal, así como centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
Organismos públicos de investigación.
Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público.
Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
Empresas, tal como se definen en el Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.
Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008
Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad principal.
Empresas Innovadoras de Base Tecnológica, según el artículo 56 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos económicos, financieros y de seguros/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

MITERD-Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Sistema Pretel),
Fondos FEDER,
PRTR (PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA).
     - Ministerio de Hacienda y Función pública
          - La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
          - La Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de Patrimonio del Estado (IGAE).
          - La Secretaría General de Fondos Europeos.
          - El Tribunal de Cuentas.
          - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
          - Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Ministerio de Hacienda y función pública-IGAE (Intervención General de la Administración del Estado).
Entidades bancarias declaradas por los Solicitantes.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de Expedientes de programas, ayudas y planes de Dirección General-Marco Regulatorio y Estrategia Corporativa.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección General-Departamento Marco Regulatorio y Estrategia Corporativa.

FINES DEL TRATAMIENTO

Tramitación del expediente del programa, ayuda o plan según lo establecido en las correspondientes las Resoluciones y Orden ministeriales TED declaradas.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Orden TED/1445/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas correspondientes al programa de incentivos a proyectos pioneros y singulares de hidrógeno renovable en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. PROGRAMA H2 PIONEROS.

Orden TED/1444/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas correspondientes al programa de incentivos a la cadena de valor innovadora y de conocimiento del hidrógeno renovable en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. PROGRAMA CADENA DE VALOR INNOVADORA DEL HIDRÓGENO RENOVABLE.

Orden TED/1447/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. ALMACENAMIENTO ENERGETICO-PERTE ERHA.

COLECTIVO

PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
GRAN EMPRESA
PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Las empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa), incluidas asociaciones empresariales.
Consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia.
El sector público institucional de cualquier Administración pública, así como las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.
Centros tecnológicos de ámbito estatal, así como centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
Organismos públicos de investigación
Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i
Otros centros públicos de I+D: organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público.
Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico, faciliten su aplicación y transferencia o proporcionen servicios de apoyo a la innovación a las empresas.
Empresas, tal como se definen en el Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio.
Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008
Otros centros privados de I+D+i que tengan definida en sus estatutos la I+D+i como actividad principal.
Empresas Innovadoras de Base Tecnológica, según el artículo 56 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
Otras organizaciones que presten apoyo a la transferencia tecnológica, o realicen difusión y divulgación tecnológica y científica.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos económicos, financieros y de seguros/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

MITERD-Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Sistema Pretel),
Fondos FEDER,
PRTR (PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA).
     - Ministerio de Hacienda y Función pública
          - La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
          - La Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de Patrimonio del Estado (IGAE).
          - La Secretaría General de Fondos Europeos.
          - El Tribunal de Cuentas.
          - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
          - Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Ministerio de Hacienda y función pública-IGAE (Intervención General de la Administración del Estado).
Entidades bancarias declaradas por los Solicitantes.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Sistema de acceso al Servicio PRETEL.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección de Energías Renovables y Mercado Eléctrico.

FINES DEL TRATAMIENTO

Recogida de mediciones automáticas de valores de rendimiento y consumo las instalaciones recogiendo los parámetros más relevantes de operación por periodos de tiempo.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos; E-LEARNING"
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

COLECTIVO

A determinar (no hay acceso al portal: http://pretel.idae.es/)

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Servicios internos del IDAE
Ministerio para la transición ecológico y el reto demográfico (MITECO)

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Control y Seguimiento de expedientes de programas, ayudas y planes por parte de la Dir. Energías Renovables y Mercado Eléctrico que son gestionados directamente desde las CC.AA.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección de Energías Renovables y Mercado Eléctrico.

FINES DEL TRATAMIENTO

Realizar un adecuado seguimiento y coordinación de los programas, ayudas y planes ejecutados desde las CC.AA.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. PRTR.

Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden TED/448/2023, de 28 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas para instalaciones de generación de energía eléctrica en las islas, a partir de fuentes de energía renovable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, por el que se amplía la tipología de beneficiarios del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre (...).

COLECTIVO

Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado,
Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado,
Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado,
Comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal,
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, según definición de la Directiva 2018/2001, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018,
Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos económicos, financieros y de seguros/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

    IDAE-Sistema de Control y seguimiento.
   PRTR (PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA).
     - Ministerio de Hacienda y Función pública
          - La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
          - La Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de Patrimonio del Estado (IGAE).
          - La Secretaría General de Fondos Europeos.
          - El Tribunal de Cuentas.
          - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
          - Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de las Suscripciones (tablón de anuncios) y de las sugerencias en el contexto la Sede Electrónica.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)

FINES DEL TRATAMIENTO

Estar informado de los anuncios, trámites... de la Sede Electrónica del IDAE.

Recogida y tratamiento de las sugerencias en el contexto de la sede electrónica del IDAE.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la base de los principios generales.

COLECTIVO

Personas físicas, jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, personal de las AA.PP.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

No existen cesiones de datos fuera del IDAE.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de las Quejas en el contexto de la Sede Electrónica.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)

FINES DEL TRATAMIENTO

Facilitar a los usuarios la presentación de las incidencias que estimen oportunas en relación con el funcionamiento de la Sede Electrónica.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

 
RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la base de los principios generales.

Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, donde se establece la necesidad de disponer de un registro de quejas y sugerencias.

COLECTIVO

Personas físicas, jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, personal de las AA.PP.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

No existen cesiones de datos fuera del IDAE.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de consultas procedentes de orígenes diversos realizadas al IDAE.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión de consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Gestión de consultas relacionadas con los programas y ayudas gestionados por el IDAE.

Gestión de consultas procedentes de otros Ministerios del departamento  Marco Regulatorio y Estrategia Corporativa.

Gestión de consultas sobre temas relacionados con Relaciones Internacionales.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

COLECTIVO

Personas físicas, jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, personal de las AA.PP.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

No existen cesiones de datos fuera del IDAE.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de la atención a los Medios de Comunicación.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección General-Gabinete de Comunicación.

FINES DEL TRATAMIENTO

Facilitar el desempeño y la atención a la actividad profesional de los medios de comunicación.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

Art. 6.1.e) RGPD el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al
responsable del tratamiento.

COLECTIVO

Periodistas, corresponsales, medios de comunicación acreditados en general.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

No existen cesiones de datos fuera del IDAE.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Hasta que causen baja Periodista, corresponsal o medio de comunicación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER).

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección General-Gabinete de Comunicación.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión de las consultas de los ciudadanos y usuarios de empresas e instituciones de distinta naturaleza sobre cuestiones relacionadas con la eficiencia energética, las energías renovables, los programas gestionados por el IDAE y con cualquier otra actividad desarrollada por el Instituto en el marco de las funciones establecidas en su estatuto, extendiendo este alcance a las medidas de carácter energético aprobadas desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, al que el IDAE está adscrito a través de la Secretaria de Estado de la Energía (SEE)

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

COLECTIVO

Personas físicas, jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, personal de las AA.PP.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Recogida de datos, composición y elaboración de estadísticas y estudios energéticos.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Planificación y Estudios.

FINES DEL TRATAMIENTO

 Recogida de la información con fines estadísticos y elaboración de estudios energéticos.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP) (BOE-A-1989-10767-consolidado_Ley 12-1989.pdf). (ESTADISTICAS)

REGLAMENTO (UE) N o 431/2014 DE LA COMISIÓN de 24 de abril de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1099/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas sobre energía, con respecto a la  aplicación de las estadísticas anuales sobre el consumo energético en los hogares (L00001-00050_REGLAMENTO UE 431_2014.pdf y CELEX_32014R0431_ES_TXT_1099-2008.pdf).

Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos

REGLAMENTO (UE) 2022/132 DE LA COMISIÓN de 28 de enero de 2022 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1099/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas sobre energía, en lo que respecta a la aplicación de actualizaciones de las estadísticas anuales, mensuales y mensuales a corto plazo

Reglamento (UE) 2019/2146 de la Comisión, por el cual se insta a los Estados Miembros a disponer de información desagregada sobre consumos por usos en el sector residencial.

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 1 de marzo de 2013 por la que se establecen las directrices para el cálculo por los Estados miembros de la energía renovable procedente de las bombas de calor de diferentes tecnologías, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2013) 1082]

DIRECTIVA 2009/28/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de abril de 2009 relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y  2003/30/CE

Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima.

COLECTIVO

Datos recabados diferentes fuentes (personas físicas, jurídicas, entidades públicas, asociaciones, y organizaciones públicas y privadas).
Datos recabados por las CC.AA., datos procedentes de organismos públicos, asociaciones, y del propio IDAE procedente de los beneficiarios de los Programas, ayudas, subvenciones gestionadas por ellos ((personas físicas, jurídicas, entidades públicas y privadas).
- Información recabada desde organismos públicos de manera directa o a través de registros.
         - Acceso al registro de la información para la instalación de PRETOR (Registro administrativo de instalaciones de producción eléctrica).
         - Comunidades Autónomas. Registros de subvenciones o RITE.
         - Registro de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica (PRETOR) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD).
         - El Sistema de Liquidaciones del Régimen Retributivo Específico de La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
         - Muestra de establecimientos del sector industrial (INE).
         - Censos de instalaciones.
         - Datos de comercializadores de electricidad y productos petrolíferos suministrados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a las circunstancias sociales/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos económicos, financieros y de seguros/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Sometida la información personal a procesos de anonimización.
    - Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD).
    - EUROSTAT
    - La Agencia Internacional de la Energía (AIE).
   - Comisión Europea EU.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

El plazo necesario para el cumplimiento de los fines previstos en la legislación de estadística. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Encuestas referidas a equipamiento y comportamiento energético en el sector residencial en España.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Planificación y Estudios.

FINES DEL TRATAMIENTO

Realización de encuestas referidas a equipamientos y comportamiento energético en el sector residencial para obtener conocimiento de las características de las viviendas y hogares españoles, así como de sus equipamientos y hábitos de consumo, incluyendo mediciones in "situ" de los consumos eléctricos.

La finalidad última del estudio es permitir dar respuesta a los requerimientos del Reglamento (UE) 2019/2146 de la Comisión, por el cual se insta a los Estados Miembros a disponer de información desagregada sobre consumos por usos en el sector residencial.

Con la anterior finalidad se han realizado tres ediciones del estudio correspondientes a los años 2010, 2016 y 2021, respectivamente:


        - SECH-SPAHOUSEC-conocimiento de las viviendas y hogares españoles, así como de sus equipamientos, consumos y comportamientos energéticos, y las mediciones “in situ” de los consumos eléctricos.
         - SPAHOUSEC II-Determinación de los consumos térmicos de los hogares españoles que disponen de sistemas de calefacción individual basados en gas natural en sus primeras residencias o viviendas principales.
          - SPAHOUSEC III-Configuración de un panel de hogares para mediciones de consumos energéticos y realización de una encuesta sobre equipamiento y comportamientos energéticos de los hogares.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP).

REGLAMENTO (UE) N o 431/2014 DE LA COMISIÓN de 24 de abril de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1099/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas sobre energía, con respecto a la  aplicación de las estadísticas anuales sobre el consumo energético en los hogares.

Reglamento (UE) 2019/2146 de la Comisión, por el cual se insta a los Estados Miembros a disponer de información desagregada sobre consumos por usos en el sector residencial.

COLECTIVO

Personas físicas.
    Titulares de los hogares seleccionados en el panel de la encuesta.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a las circunstancias sociales/Datos de carácter personal
 Datos económicos, financieros y de seguros/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos del sujeto en múltiples ámbitos de su vida (hábitos energéticos, comportamiento energético).

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Sometida la información personal a procesos de anonimización.
    - Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD).
    - EUROSTAT.
    - La Agencia Internacional de la Energía (AIE).
   - Comisión Europea EU.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

El plazo necesario para el cumplimiento de los fines previstos en la legislación de estadística. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Encuestas sobre equipamiento y consumo de biomasa, biogás y residuos en el sector residencial.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Planificación y Estudios.

FINES DEL TRATAMIENTO

Realización de encuestas sobre equipamiento y consumo de biomasa, biogás y residuos en el sector residencial.
     - Encuestas 2017.
     - Encuestas 2021.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP).
REGLAMENTO (UE) N o 431/2014 DE LA COMISIÓN de 24 de abril de 2014 por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 1099/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas sobre energía, con respecto a la aplicación de las estadísticas anuales sobre el consumo energético en los hogares.

Reglamento (UE) 2019/2146 de la Comisión, por el cual se insta a los Estados Miembros a disponer de información desagregada sobre consumos por usos en el sector residencial.

DIRECTIVA (UE) 2018/2001 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 11 de diciembre de 2018 relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.

REGLAMENTO (UE) 2022/132 DE LA COMISIÓN de 28 de enero de 2022 por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1099/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a las estadísticas sobre energía, en lo que respecta a la aplicación de actualizaciones de las estadísticas anuales, mensuales y mensuales a corto plazo.

DIRECTIVA 2009/28/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de abril de 2009 relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y  2003/30/CE (CELEX_32009L0028_ES_TXT_Uso renovables.pdf)

Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima.

COLECTIVO

Personas Físicas (Titulares de los hogares seleccionados en el panel de la encuesta).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a las circunstancias sociales/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos del sujeto en múltiples ámbitos de su vida (hábitos energéticos, comportamiento energético).

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Sometida la información personal a procesos de anonimización.
    - Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD).
    - EUROSTAT.
    - La Agencia Internacional de la Energía (AIE).
   - Comisión Europea EU.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

El plazo necesario para el cumplimiento de los fines previstos en la legislación de estadística. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de acceso para el uso de la aplicación CHEQ4 (cumplimiento y evaluación de la sección HE4 incluida en la exigencia básica HE Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación (CTE)).

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

IDAE-Dirección de Energías Renovables y Mercado Eléctrico.

FINES DEL TRATAMIENTO

Registro y control de acceso al SW de la aplicación CHEQ4 para proporcionar servicios de asesoría y soporte.
Estar informado acerca de novedades y noticias relacionadas con el aplicativo y los servicios prestados.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

COLECTIVO

 Personas jurídicas, empresas y personas físicas.
                       - Fabricantes y distribuidores de captadores solares y/o equipos prefabricados.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

 Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

El plazo necesario para el cumplimiento de los fines previstos en la legislación de estadística. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de Expedientes de programas de Desarrollo Urbano Sostenible.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Desarrollo Urbano Sostenible.

FINES DEL TRATAMIENTO

Tramitación del expediente del programa, ayuda o plan según lo establecido en las correspondientes las Resoluciones y Orden ministeriales TED declaradas.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020. EELL. (987 mill. euros). DUS

Real Decreto 692/2021, de 3 de agosto, por el que se regula la concesión directa de ayudas para inversiones a proyectos singulares locales de energía limpia en municipios de reto demográfico (PROGRAMA DUS 5000), en el marco del Programa de Regeneración y Reto Demográfico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. DUS5000. (75 m mill. euros). DUS 5000

COLECTIVO

Entidades locales o supralocales.
Diputaciones Provinciales o Comunidades autónomas.
Entidades públicas vinculadas a entidades locales.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

 Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a las características personales/Datos de carácter personal-Datos personales ordinario.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinario.
Datos económicos, financieros y de seguros/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

PGE (Presupuestos Generales del Estado).

PRTR (PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA).
     - Ministerio de Hacienda y Función pública
          - La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
          - La Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de Patrimonio del Estado (IGAE).
          - La Secretaría General de Fondos Europeos.
          - El Tribunal de Cuentas.
          - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
          - Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional).
Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Servicios de Gestión, supervisión y Control del IDAE.
Entidades bancarias declaradas por los Solicitantes.
Ministerio de Hacienda y función pública-IGAE (Intervención General de la Administración del Estado).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

El plazo necesario para el cumplimiento de los fines previstos en la legislación de estadística. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de líneas de Financiación Eficiencia Energética IDAE-ICO.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Coordinación y Ayudas.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión de las líneas de financiación establecidas entre IDAE-ICO para concesión de préstamos a los interesados. Control y supervisión de las ayudas concedidas en el marco del programa de financiación (Línea “ICO-IDAE Eficiencia Energética 2017-2018”)
Aprobación y control de las solicitudes y operaciones de financiación formalizadas.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.b) el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales;

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.

Resolución de 15 de diciembre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía y el Instituto de Crédito Oficial, para la instrumentación de la Línea «ICO IDAE Eficiencia Energética 2017-2018».

COLECTIVO

Las empresas que tengan la consideración de pyme o de gran empresa del sector industrial y comercial.
Las personas físicas o jurídicas del sector de la hostelería.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a las características personales/Datos de carácter personal-Datos personales ordinario.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinario.
Datos económicos, financieros y de seguros/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Instituto Oficial de Crédito (ICO)

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

El plazo necesario para el cumplimiento de los fines previstos en la legislación de estadística. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Contactos usados desde el IDAE para comunicaciones, intercambio de información, seguimiento y reporte.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)

FINES DEL TRATAMIENTO

contactos usados para comunicaciones, intercambio de información, seguimiento y reporte Interno del IDAE.

Contactos usados para comunicaciones, intercambio de información, seguimiento y reporte interno, ministeriales, interministeriales, CC.AA., entidades locales, empresas y asociaciones.

 Datos de Contacto usados para las actividades de gestión y comunicación del departamento Marco Regulatorio y Estrategia Corporativa.

Contacto usados para comunicaciones, intercambio de información, seguimiento y reporte del CDR (Centro de Documentación y Registro).

Contactos usados para la gestión de las Relaciones Internacionales con instituciones, agencias, foros, asociaciones, etc.

Contactos usados para comunicaciones, intercambio de información, seguimiento y reporte desde la Direcciones de Negocio.

Contactos usados para las actividades de gestión del Departamento de Contratación y Compras.

Contactos usados para las actividades de gestión y comunicación del departamento de Sociedades Participadas.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.

COLECTIVO

Personas Físicas y jurídicas (personal adscritos de las AA.PP, Entidades públicas ((locales y CC.AA.) y privadas, asociaciones sectoriales y empresariales., sectores empresariales, organismos europeos, Proveedores de servicios,etc.)
     - Contactos relacionados con Ministerios (Participación en la redacción y revisión de RD, OM),     
    - Contactos relacionados con autoridades Comunitarias (participan en proyectos y Directivas).
    - Contactos Servicios externos, asesores externos, comités y consejos de administración.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

 Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/A

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

El plazo necesario para el cumplimiento de los fines previstos en la legislación de estadística. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica

Control del registro y trazabilidad de los depositarios de las entradas de información en el Centro de Documentación y Registro.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Centro de Documentación y Registro.

FINES DEL TRATAMIENTO

Mantener el origen y la trazabilidad de los depositarios de las entradas de información en el Centro de documentación y registro del IDAE.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.
Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos (BOE núm.. 51 de 28 de febrero de 2003).

COLECTIVO

Ciudadanos, empresas, entidades AA.PP. (personas físicas y jurídicas)

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

 Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/A

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

El plazo necesario para el cumplimiento de los fines previstos en la legislación de estadística. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica

Gestión de eventos.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección General-Gabinete de Comunicación.

FINES DEL TRATAMIENTO

Registro y control de asistencia en eventos promovidos por el IDAE.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

COLECTIVO

Personas físicas y jurídicas (instituciones públicas y privadas, agencias, foros y asociaciones, empresas).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

 Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/A

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

El plazo necesario para el cumplimiento de los fines previstos en la legislación de estadística. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica

Estudio de monitorización de la pobreza energética a partir de un panel de hogares vulnerables-Reclutamiento, configuración y monitorización.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Planificación y Estudios.

FINES DEL TRATAMIENTO

Reclutamiento, configuración y monitorización de un panel de hogares vulnerables con la finalidad de profundizar en el conocimiento sobre el gasto energético requerido y realmente efectuado por los hogares tal cómo se requería en el eje I “Mejorar el conocimiento sobre la pobreza energética” de la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1 a) el interesado dio su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
LOPD-GDD Artículo 6. Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP).

Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética aprobada en Consejo de ministros del 22 de marzo de 2022.

COLECTIVO

Personas Físicas-Monitorización de un panel de hogares vulnerables.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a las circunstancias sociales/Datos de carácter personal--Datos especialmente protegidos.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal
Datos del sujeto en múltiples ámbitos de su vida (hábitos energéticos, comportamiento energético)-datos especialmente protegidos.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Sometida la información personal a procesos de anonimización.
    - Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

10 AÑOS.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Tramitar los expedientes de compras a proveedores.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección Económico Administrativa  y de Recursos Humanos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Contratación y Compras.

FINES DEL TRATAMIENTO

Tramitación administrativa de los expedientes de compras a proveedores.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

 Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. LCSP.

Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación, por la que se publica la Instrucción 1/2019, de 28 de febrero, sobre contratos menores, regulados en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.

Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de Caja fija.

COLECTIVO

Proveedores (personas físicas, jurídicas, representantes, entidades públicas y privadas, empresas).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos económicos, financieros y de seguros.
Datos académicos y profesionales.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Hacienda Pública y Administración Tributaria Otros Órganos de la Administración del Estado (Intervención General del Estado (IGAE)

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de los depósitos y garantías.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección Económico Administrativa  y de Recursos Humanos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Contratación y Compras.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión de los depósitos y garantías (recogida, constitución, consulta, ejecución y cancelación).

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

RGPD.- Artículo 6. 1. e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Real Decreto 161/1997, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos.

COLECTIVO

Personas físicas representantes de los garantizados del depósito. Personas físicas representantes del garante del depósito Personas físicas representantes de la autoridad (Órgano de contratación).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos económicos, financieros y de seguros-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

 Autoridades (Órganos de la Administración), Garante,  Hacienda Pública y Administración Tributaria Otros Órganos de la Administración del Estado (Intervención General del Estado (IGAE)

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Duración necesaria, permaneciendo vigente hasta que el órgano a cuya disposición se constituya resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación suscrita.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Contratos de financiación (edificios y alumbrado).

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección Económico Administrativa  y de Recursos Humanos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Contratación y Compras.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión de los Contratos de Financiación (edificios y alumbrado).

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Resolución de 28 de abril de 2015, del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 24 de marzo de 2015, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal. ALUMBRADO_ECT_MUNI_I.

Resolución de 5 de abril de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria del programa de ayudas para la renovación de las instalaciones de alumbrado exterior municipal. ALUMBRADO_ECT_MUNI_II.

Resolución de 25 de septiembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la de 25 de junio de 2013, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras y convocatoria del programa de ayudas para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero). PAREER CRECE.

Resolución de 14 de diciembre de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de segunda convocatoria del programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios existentes. PAREER II.


COLECTIVO

Personas físicas y jurídicas propietarias de edificios de uso residencial (de uso hotelero y de uso vivienda), las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
Los Ayuntamientos, las Diputaciones Provinciales o entidades locales equivalentes, las Mancomunidades o Agrupaciones de municipios españoles.
Las entidades públicas concesionarias de la gestión de servicios públicos municipales españoles.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Datos económicos, financieros y de seguros-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

PGE (Presupuestos Generales del Estado).

PRTR (PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA).
     - Ministerio de Hacienda y Función pública
          - La Agencia Estatal de Administración Tributaria.
          - La Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de Patrimonio del Estado (IGAE).
          - La Secretaría General de Fondos Europeos.
          - El Tribunal de Cuentas.
          - Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas.
          - Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.

FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional).

Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

FNEE (FONDO NACIONAL DE EFICIENCIA ENERGÉTICA).

Servicios de Gestión, supervisión y Control del IDAE.

Entidades bancarias declaradas por los Solicitantes.

Ministerio de Hacienda y función pública-IGAE (Intervención General de la Administración del Estado).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de anticipos de viajes (anticipos y liquidaciones).

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección Económico Administrativa  y de Recursos Humanos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Contratación y Compras.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión de anticipos de viajes (anticipos y liquidaciones).

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
 
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. LCSP

COLECTIVO

Personas Físicas (Personal de la organización, personal colaborador -invitado, en base a convenios suscritos, etc.).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo/Datos de carácter personal-Datos personales ordinarios.
Detalles de empleo-Datos personales ordinarios.
Datos económicos, financieros y de seguros-Datos personales ordinarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Órganos, organismos, entidades o instituciones de administraciones públicas financiadoras del viaje.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de los contratos para los proyectos de inversión de Sociedades Participadas.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección Económico Administrativa  y de Recursos Humanos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Sociedades Participadas.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión de los contratos para los proyectos de inversión de Sociedades Participadas.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
         Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. LCSP.

Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010,
         de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.

Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo.

Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de incentivos fiscales a la participación privada en actividades de interés general.
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

COLECTIVO

Personas físicas, jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas.

Unión Temporal de Empresas (UTE).
Agrupación de Interés Económico (AIE)
Sociedades mercantiles.
Fundaciones.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de Contactos: Beneficiarios y contactos declarados
 Datos identificativos y de contacto.
Datos de bienes y servicios, económicos y financieros.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

MITERD-Secretaría de Estado de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Ministerio de Hacienda y función pública-IGAE (Intervención General de la Administración del Estado).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Control y seguimiento de las actividades de inversión en las Sociedades Participadas.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección Económico Administrativa  y de Recursos Humanos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Sociedades Participadas.

FINES DEL TRATAMIENTO

Control y seguimiento de las actividades desarrolladas por  Sociedades Participadas de interés para el IDAE.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.
Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo.
Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.


COLECTIVO

Personas físicas, jurídicas.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de Contactos: Beneficiarios y contactos declarados
Datos identificativos y de contacto.
Datos relativos a transacciones de bienes y servicios.
Datos económicos, financieros y de seguros.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/a

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión del Archivo Histórico Administrativo del IDAE.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Dirección General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) calle Madera, número 8, 28004-Madrid.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión del Archivo Administrativo histórico del IDAE para el mantenimiento y custodia de la información tanto en soporte papel como en digital (Almacenamiento de documentación administrativa y Archivo General de la Administración).

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

Real Decreto 1708/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el Sistema Español de Archivos y se regula el Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y su régimen de acceso. AGA (Archivo General de la Administración).

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.  CADA (Centro de Almacenamiento de Documentación Administrativa).

Decreto 914/1969 de 8 de mayo, de creación del Archivo General de la Administración Civil.

COLECTIVO

Personas físicas, jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, personal de las AA.PP.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo:  nombre y apellidos, DNI, domicilio, correo electrónico, imagen, voz, número de la Seguridad Social, teléfono, fax,  firma, firma electrónica.

Datos relativos a las características personales:  edad, estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo, nacionalidad, lengua materna,


Datos académicos y profesionales: Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, historial de estudiante, experiencia profesional, pertenencia a colegios o asociaciones profesionales.

Datos económicos, financieros y de seguros: Datos económicos, financieros y de seguros: ingresos, rentas, inversiones, bienes patrimoniales, créditos, préstamos, avales, datos bancarios, planes de pensiones, jubilación, datos económicos de nómina, deducciones de impuestos, seguros, hipotecas, subsidios, beneficios, historial de créditos, tarjetas de crédito o débito.

Datos relativos a transacciones de bienes y servicios: Datos relativos a transacciones de bienes y servicios: bienes y servicios suministrados por el afectado, bienes y servicios recibidos por el afectado, transacciones financieras, compensaciones e indemnizaciones.

Datos especialmente protegidos: Orientación sexual,  Afiliación sindical.





DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/a

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión del servicio  de biblioteca para el personal interno del IDAE (acceso a recursos y gestión de préstamos).

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Centro de Documentación y Registro.

FINES DEL TRATAMIENTO

Acceso a Recursos de la Biblioteca para el personal interno del IDAE y gestión de préstamos.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
    -  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos;
    -   Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
            - Personas físicas que reclaman derechos ante el IDAE.
           - LOPD-GDD: Art. 8. tratamiento por obligación legal, interés público o de poderes públicos.

COLECTIVO

Personas físicas (personal interno de IDAE).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos identificativos y de contacto: Apellidos, nombre, DN.I., correo, teléfono
Datos profesionales: Cargo, Pertenencia a Dirección/Dpto.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/a

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Control de la Asignación y uso del inventario de los activos HW Y SW del IDAE.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Informática.

FINES DEL TRATAMIENTO

Control de la asignación del uso de los activos de HW y SW en el IDEA por parte del IDAE y del personal adscrito.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el
ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

COLECTIVO

Personas Físicas-Personal interno y adscrito del IDAE.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo:  nombre y apellidos, DNI,  correo electrónico,  teléfono.

Datos académicos y profesionales: Cargo  en la organización.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/a

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Mantenimiento de los Registro de Certificados Web y Dominios gestionados por el Departamento de Informática.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Informática.

FINES DEL TRATAMIENTO

Mantenimiento de los registro asociados a los servicios de Certificados web y Dominios de las infraestructuras IT gestionadas por el Departamento de Informática.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el
ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.



Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Real Decreto 4/2010 Esquema Nacional de Interoperabilidad.

Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

COLECTIVO

Personas Físicas-Personal interno del IDAE.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo:  nombre y apellidos, DNI,  correo electrónico,  teléfono.

Datos académicos y profesionales: Cargo  en la organización.

Datos económicos, financieros y de seguros: Datos bancarios, tarjetas de crédito o débito.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Entidades Certificadores y Gestoras de los Dominios en Internet.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de la comunicación con los proveedores IT (Licencias y Servicios).

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Informática.

FINES DEL TRATAMIENTO

Para poder gestionar la comunicación e intercambio de información con los Proveedores IT.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el
ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

COLECTIVO

Datos Profesionales-Personas Físicas (Comercial, preventa, soporte, técnicos).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo:  nombre y apellidos, DNI,  correo electrónico,  teléfono, Dirección (país, provincia. Localidad, etc.).

Datos académicos y profesionales: Cargo  en la organización.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/a

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Registro y control del acceso físico a las instalaciones IT (Salas Técnicas y CPD's).

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Informática.

FINES DEL TRATAMIENTO

Control del Acceso a las instalaciones físicas de la infraestructura IT del IDAE.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el
ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

COLECTIVO

Personas Físicas-Personal Técnico interno y adscrito del IDAE, y personal técnico de los Proveedores de Servicios  IT.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo:  nombre y apellidos, DNI,  correo electrónico) 

Datos académicos y profesionales: Cargo  en la organización.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/a

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión Incidencias y peticiones sobre la infraestructura y Servicios IT e incidencias de Seguridad de la información y datos personales.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Informática.

FINES DEL TRATAMIENTO

Uso de los datos de Identificación y contacto para la obtención de información y gestión de la petición y/o incidencia sobre la infraestructura y Servicios IT.

Gestión de las incidencias de Seguridad de la información y brechas de seguridad relacionadas con los datos personales.

Comunicación y presentación de la información a las autoridades competentes para fines de investigación y análisis.

Comunicación de las incidencias de Datos personales a los interesados por motivos de cumplimiento legal..

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD.- Artículo 6. 1. e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el
ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.


RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016.

Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

COLECTIVO

Personas Físicas-Personal interno y adscrito del IDAE, y personal técnico de los Proveedores de Servicios  IT, Ciudadanos, empresas y asociaciones sectoriales y empresariales, entidades públicas y privadas.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo:  nombre y apellidos, correo electrónico. teléfono) 

Datos académicos y profesionales: Cargo  en la organización.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Autoridades de control y Supervisión que deben ser informadas:

    - Centro Criptológico Nacional (CCN), a la autoridad de control en materia de protección de datos (AEPD o CTPDA) y a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión del acceso a los SI y en el uso de las comunicaciones del IDAE.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Informática.

FINES DEL TRATAMIENTO

Control del acceso a los recursos IT con vistas a mantener un registro y tener trazabilidad para funciones de Auditoría y Seguridad.
           - Registro de los usuarios, permisos y accesos que los usuarios a los SI.
           - Registros de a acceso a redes externas privadas y/o públicas.
           - Auditorías de seguridad SI y Comunicaciones.

Comunicación y presentación de la información a las autoridades competentes para fines de investigación y análisis.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

COLECTIVO

Personas Físicas-Personal interno y adscrito del IDAE, y personal técnico de los Proveedores de Servicios  IT.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos identificativos (Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, imagen, firma, Dirección IP, Cuenta de correo, Identificativo usuario en la organización).

Datos de contacto. Datos de actividad (nombre de usuario, fecha y hora del acceso, recurso al que accede, equipo desde el que accede).

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Autoridades de control y Supervisión que deben ser informadas:

    - Centro Criptológico Nacional (CCN), a la autoridad de control en materia de protección de datos (AEPD o CTPDA) y a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión  de la actividad de los sistemas de información (SI) y de las comunicaciones.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de Informática.

FINES DEL TRATAMIENTO

Control de la actividad en el uso de los Sistemas de Información (SI) y las comunicaciones con vistas a mantener un registro y tener trazabilidad para funciones de investigación, análisis, Auditoría y Seguridad.
          - Registros de logs (registros de actividad).
          - Usuarios y registros de actividad.
          - Directorio corporativo.
          - Copias de respaldo de los sistemas.
          - Servicios de escaneo e impresión.
          - Aplicación de medidas de  seguridad que impliquen tratamiento de datos.
          - Usuarios en redes Wifi, etc.

Comunicación y presentación de la información a las autoridades competentes para fines de investigación y análisis.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.e) Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos.

RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

COLECTIVO

Personas Físicas-Personal interno y adscrito del IDAE, y personal técnico de los Proveedores de Servicios  IT.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de carácter identificativo:  nombre y apellidos, DNI, domicilio, correo electrónico, imagen, voz, número de la Seguridad Social, teléfono, fax,  firma, firma electrónica.

Datos relativos a las características personales:  edad, estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo, nacionalidad, lengua materna,


Datos académicos y profesionales: Datos académicos y profesionales: formación, titulaciones, historial de estudiante, experiencia profesional, pertenencia a colegios o asociaciones profesionales.

Datos económicos, financieros y de seguros: Datos económicos, financieros y de seguros: ingresos, rentas, inversiones, bienes patrimoniales, créditos, préstamos, avales, datos bancarios, planes de pensiones, jubilación, datos económicos de nómina, deducciones de impuestos, seguros, hipotecas, subsidios, beneficios, historial de créditos, tarjetas de crédito o débito.

Datos relativos a transacciones de bienes y servicios: Datos relativos a transacciones de bienes y servicios: bienes y servicios suministrados por el afectado, bienes y servicios recibidos por el afectado, transacciones financieras, compensaciones e indemnizaciones.

Datos especialmente protegidos: Orientación sexual,  Afiliación sindical.





DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Autoridades de control y Supervisión que deben ser informadas:

    - Centro Criptológico Nacional (CCN), a la autoridad de control en materia de protección de datos (AEPD o CTPDA) y a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Las legalmente obligatorias (Tribunales de Justicia, Ministerio Fiscal, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Hacienda Pública o Seguridad Social entre otras).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión contractual del personal del IDAE.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de RR.HH.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestionar las actividades y necesidades asociadas a la relación contractual del personal del IDAE:
           - Gestión de la contratación laboral del personal de plantilla.
           - Gestión  de las retribuciones del personal (nóminas, retribuciones Seguridad Social y MUFACE, atrasos, productividad, finiquitos, etc.)
           - Gestión de derechos y servicios establecidos contractualmente (tickets restaurante, vacaciones, etc.).
           - Gestión del procesos jurídicos laborales en los que está afectado el personal del IDAE.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO


6.1.b) RGPD Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales.

6.1.c) RGPD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Estatuto Básico del Empleado Público, Estatuto de los Trabajadores y III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado y
resto de normativa en materia de Función Pública.

COLECTIVO

Personas Físicas-Personal interno y adscrito del IDAE.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

         '- Datos de contacto: Nombre y apellidos, DNI, Dirección habitual, Tfno. de localización, Correo de localización.
                                         Fotos de los empleados).
         - Datos relativos a las características personales: estado civil, fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar de nacimiento).
         - Datos académicos y profesionales: cuenta de correo, cargo empresa,  nº de empleado, extensión tfno., formación,
                                                                 titulaciones, historial de estudiante, experiencia profesional, pertenencia a colegios o
                                                                 asociaciones profesionales, tipo de contratación.
         - Datos relativos a las circunstancias sociales (vivienda habitual, situación familiar).
         - Datos económicos, financieros y de seguros: datos bancarios.
         - Datos fiscales y de competencia en el puesto de trabajo: número de afiliación a seguridad social, mutualidad,
                           número de registro de personal, grupo funcional, descripción del puesto, fecha de alta y baja como empleado,
                           condiciones salariales, nómina, retenciones.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Destinatarios:
      -  IGAE (Intervención General de la Administración del Estado).
      - Registro Central de Personal
      - Instituto Nacional de la Seguridad Social
      -  Mutualidades de funcionarios.
      - Tesorería General de la Seguridad Social.
      - Organizaciones sindicales.
      - Entidades financieras.
      - Agencia Estatal de Administración Tributaria.
      - Intervención General de la Administración del Estado
      - Tribunal de Cuentas.
      - Ministerio Fiscal.
      - Órganos jurisdiccionales.
      - Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
      - MITERD.
      - Abogacía del Estado.
      - Juzgados de los contencioso-administrativo y de lo Social.
      - Órganos judiciales y Centros Directivos afectados.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión ordinaria del personal del IDAE.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de RR.HH.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión ordinaria del personal para cubrir las siguientes necesidades de la organización:
           - Conocimiento de los Derechos y cumplimiento de las obligaciones establecidas del Personal.
           - Prestación de servicios internos dentro del IDAE (censo de empleados, datos de comunicación e intercambio,
             gestión de vacaciones, excedencias, permisos temporales, jubilaciones, consulta y soporte laboral,
             gestión de la movilidad, calendario laboral, formación y concienciación, control interno, gestión de certificados,
             control de acceso y uso a las instalaciones y los recursos del IDAE, etc.).

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

6.1.c) RGPD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


Estatuto Básico del Empleado Público, Estatuto de los Trabajadores y III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado y
resto de normativa en materia de Función Pública.

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad.

COLECTIVO

Personal del IDAE (funcionario, laboral y subcontratado).

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

         '- Datos de contacto: Nombre, apellidos, identificador, dirección, teléfono, correo electrónico.
           - Datos Fiscales y administrativos: Número de afiliación a seguridad social, mutualidad, sexo, edad, nacionalidad, fecha de nacimiento, situación familiar, fecha de nacimiento de hijos, número de registro de personal, grupo funcional, descripción del puesto, fecha de alta y baja como empleado,  fecha/hora de entrada y salida, vacaciones, productividad y rendimiento.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Destinatarios:
      -  IGAE (Intervención General de la Administración del Estado).
      - Registro Central de Personal
      - Instituto Nacional de la Seguridad Social
      -  Mutualidades de funcionarios.
      - Tesorería General de la Seguridad Social.
      - Organizaciones sindicales.
      - MITERD.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de los procesos de selección y provisión de los puestos de trabajo.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de RR.HH.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión de la información personal asociada a los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo:
               - Recogida y tratamiento de las listas de solicitantes inscritos en los procesos de Selección.
               - Recogida, análisis y evaluación de las competencias y experiencias requeridas en los procesos de selección.
               - Asistencia y soporte a candidatos en los procesos de selección.
               - Publicación listas admitidos provisionales y definitivas y, puesta en comunicación con los candidatos.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales.

RGPD: 6.1.c)Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

COLECTIVO

Ciudadanos solicitantes de los procesos de Selección.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

            '- Datos de contacto: Nombre y apellidos, DNI, Dirección habitual, Tfno. de localización, Correo de localización.
             - Datos relativos a las características personales: estado civil, fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar de nacimiento).
             - Datos académicos y profesionales: cuenta de correo, cargo empresa,  nº de empleado, extensión tfno., formación,
                             titulaciones, experiencia profesional, pertenencia a colegios o asociaciones profesionales, tipo de contratación.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Destinatarios:           
         - MITERD (Subdirección General de RR.HH)-Gestión del personal y proceso de nóminas.
         - IGAE (gestión del personal y proceso de nóminas, impuestos, contratos de alta dirección).

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Actividades de representación de los trabajadores.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de RR.HH.

FINES DEL TRATAMIENTO

Puesta a disposición de los representantes de los trabajadores de la lista de distribución del personal del IDAE para que puedan cumplir con sus funciones de comunicación y difusión.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

6.1.c) RGPD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Estatuto Básico del Empleado Público, Estatuto de los Trabajadores y III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado y
resto de normativa en materia de Función Pública.

Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

COLECTIVO

Representantes sindicales del IDAE.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos personales manejados:
             - Datos de contacto: Nombre y apellidos, DNI, Dirección habitual, Tfno. de localización, Correo de localización.
             - Datos relativos a las características personales: estado civil, fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar de nacimiento).
            - Datos académicos y profesionales: cuenta de correo, cargo empresa,  nº de empleado, extensión tfno., formación,
                     titulaciones, experiencia profesional, pertenencia a colegios asociaciones profesionales, tipo de contratación.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Comité de empresa de la organización.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Servicios adicionales al personal no asociados con la gestión contractual no laboral.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de RR.HH.

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión del acceso y uso de los seguros de salud y vida.
Gestión de los contratos de préstamos personales disponibles para el personal de la plantilla gestionados con fondos propios.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO


6.1.b) RGPD Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de esta de medidas precontractuales.

Estatuto Básico del Empleado Público y III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

COLECTIVO

Personal del IDAE.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de contacto: Nombre y apellidos, DNI, Dirección habitual, Tfno. de localización, Correo de localización).
Datos económicos, financieros y de seguros: datos bancarios.

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

N/a

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión de riesgos laborales.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Secretaría General del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE)-Departamento de RR.HH.

FINES DEL TRATAMIENTO

Puesta a disposición de los responsables del PRL de la lista de distribución del personal del IDAE para que puedan cumplir con sus funciones de soporte, control, comunicación y difusión.
Gestión y seguimiento de incapacidades temporales o permanentes y accidentes laborales.
Gestión del reconocimiento médico del Personal del IDAE.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

6.1.c) RGPD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

RGPD.- Artículo 89. Garantías y excepciones aplicables al  tratamiento con fines de archivo en interés público, fines de  investigación científica o histórica o fines estadísticos.

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

COLECTIVO

Personal funcionario, eventual y laboral que prestan sus servicios en el IDAE.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Datos de contacto: Nombre y apellidos, DNI, Dirección habitual, Tfno. de localización, Correo de localización.
Datos especialmente protegidos: datos relativos a salud (historial clínico, informes de incapacidad laboral), datos genéticos (considerar información dependientes y minusvalías).

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Mutualidades encargadas de la tramitación de  Accidentes laborales y incapacidades temporales o permanentes.
Instituto Nacional de la Seguridad Social.

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservarán durante el tiempo necesario para resolver las reclamaciones. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Gestión del Sistema Interno de información.

ÓRGANO RESPONSABLE

Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).

UNIDAD DEL ÓRGANO RESPONSABLE

Responsable del Sistema Interno de Información (Órgano Colegiado integrado por DEA, Dpto AIyBG y Adjunto Director General)

FINES DEL TRATAMIENTO

Gestión del Sistema Interno de información.

BASE JURÍDICA DEL TRATAMIENTO

Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción;

COLECTIVO

a) Las personas que tengan la condición de empleados públicos o trabajadores por cuenta ajena de IDAE.

b) Los miembros del Consejo de Administración y los cargos directivos de IDAE.

c) Cualquier persona, física o jurídica, que preste servicios al Instituto, trabaje para o bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores.

d) Los informantes que comuniquen o revelen públicamente información obtenida en el marco de una relación laboral o estatutaria ya finalizada, voluntarios, becarios, trabajadores en periodos de formación con independencia de que perciban o no una remuneración, así como a aquéllos cuya relación laboral todavía no haya comenzado, en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual.

CATEGORÍAS DE DATOS PERSONALES

Cualquier dato de carácter personal   y también los  incluidos en el art. 9 y 10 del RGPD. ( Ejemplo, nombre, apellidos, DNI, puesto/cargo, domicilio, correo electrónico, nº de teléfono, personas con las que tenga vínculos familiares, afectivos, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier otro motivo directo o indirecto de interés personal.....).

DESTINATARIOS A QUIENES SE COMUNICARÁN LOS DATOS

Ministerio fiscal.
Autoridad independiente de protección del informante.
Juzgados y tribunales de Justicia.
 MITERD.
Fiscalía Europea.
Autoridad u organismos competentes en investigación de ilícitos.

Órganos Fiscalizadores Nacionales e Internacionales

TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

PLAZO DE SUPRESIÓN

Se conservará el tiempo necesario para la investigación de los hechos, a no ser que de aquella se desprenda la adopción de determinadas medidas  contra el denunciado, en cuyo supuesto sería posible conservar los datos por un plazo superior. En todo caso, los datos deben suprimirse transcurridos tres meses desde su introducción en el sistema de denuncias.

MEDIDAS DE SEGURIDAD

Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.